Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía

ARTÍCULO 17º.- COEXISTENCIA DE BENEFICIOS TRIBUTARIO

Los beneficios tributarios establecidos en este capítulo se aplicarán sin perjuicio de cualquier otro beneficio tributario establecido en la legislación vigente.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.