Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo

Décimo Octava.- BENEFICIO DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS

Hasta el 31 de diciembre de 1999 se mantiene vigente el régimen dispuesto en el Capítulo XI del presente dispositivo y normas modificatorias.

Segundo párrafo de la Tercera Disposición Complementaria de la Ley N.º 27037 (30.12.98)

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.