Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo
Décimo Sétima.- NORMAS INTERPRETATIVAS
Las sustituciones dispuestas en el inciso m) del Artículo 2, el segundo párrafo del Artículo 5 y el segundo párrafo del Artículo 35 del presente dispositivo, tienen carácter interpretativo.
Tercera Disposición Final de la Ley N.º 27039 (31.12.98) y Artículo 2 de la Ley N.º 27064 (10.02.99).
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.