Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo

ARTÍCULO 74º.- DOCUMENTOS CANCELATORIOS - TESORO PUBLICO A FAVOR DE LOS MINUSVALIDOS Y DEL CUERPO GENERAL DE BOMBEROS(*)

(*) Mediante literal b) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley N.º 29973 (24.12.12) se derogó el artículo 74 en lo que respecta a los “Documentos Cancelatorios - Tesoro Público” a favor de los minusválidos.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.