Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo
ARTÍCULO 51º.- CONCEPTO DE VENTA
Para efecto del Impuesto es de aplicación el concepto de venta a que se refiere el Artículo 3 del presente dispositivo.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.