Ley General de Acuicultura
Sexta.- Beneficios a la actividad acuícola.
Aplícase a las actividades de la acuicultura, lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 27360, Ley que Aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.