Ley General de Acuicultura
ARTÍCULO 40º.- PROMOCIÓN DE LA ACUICULTURA
El Estado promueve el desarrollo sostenible e integral de la Acuicultura, estableciendo las condiciones para la promoción de la inversión privada.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.