Ley de medidas estratégicas y disposiciones económicas y tributarias para el fortalecimiento y posicionamiento del ecosistema del libro y de la lectura

ARTÍCULO 12º.- EXONERACIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV) A LA IMPORTACIÓN O VENTA EN EL PAÍS DE LIBROS Y PRODUCTOS EDITORIALES AFINES

12.1. Se incluyen en el Literal A del Apéndice I del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo 055-99-EF, los bienes contenidos en las siguientes partidas arancelarias:

Partidas ArancelariasProductos
4901.10.10.00Solo tiras cómicas o historietas con contenido científico, educativo o cultural, conforme con la Ley 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, y su reglamento.
4901.10.90.00Excepto las publicaciones que contengan modas, juegos de azar, las publicaciones pornográficas y sucedáneos.
4901.91.00.00Diccionarios y enciclopedias, incluso fascículos.
4901.99.10.00Solo tiras cómicas o historietas con contenido científico, educativo o cultural, conforme con la Ley 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, y su reglamento.
4901.99.90.00Excepto las publicaciones que contengan modas, juegos de azar, las publicaciones pornográficas y sucedáneos.
4902.10.00.00Excepto las publicaciones que contengan horóscopos, fotonovelas, modas, juegos de azar, las publicaciones pornográficas y sucedáneos.
4902.90.10.00Solo tiras cómicas o historietas con contenido científico, educativo o cultural, conforme con la Ley 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, y su reglamento.
4902.90.90.00Excepto las publicaciones que contengan modas, juegos de azar, pornografía y sucedáneos.
4904.00.00.00Música manuscrita o impresa, incluso con ilustraciones o encuadernada.
8523.21.00.00
8523.29.10.00
8523.29.31.90
8523.29.32.90
8523.29.33.90
8523.29.90.00
8523.49.10.00
8523.49.20.00
8523.51.00.00
8523.52.00.00
8523.59.90.00
8523.80.21.00
8523.80.29.20
8523.80.90.00
Solo soportes grabados, que contengan libros electrónicos o productos editoriales afines, conforme a Ley 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, y su reglamento.

12.2. En el reglamento de la presente ley se dictan los procedimientos necesarios para la mejor aplicación de lo dispuesto en el presente artículo, debiendo incorporar como parte de la exoneración al libro electrónico/libro digital/e-book definido en la Ley 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro.

12.3. El presente artículo rige a partir del día siguiente del vencimiento del plazo establecido en el párrafo 29.1 del artículo 29 de la Ley 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.