Ley de medidas estratégicas y disposiciones económicas y tributarias para el fortalecimiento y posicionamiento del ecosistema del libro y de la lectura
ARTÍCULO 11º.- ASIGNACIÓN PARA ESTÍMULOS ECONÓMICOS
11.1. El Ministerio de Cultura impulsa la realización de proyectos o mecanismos culturales que promuevan la formación, el acceso, la producción y circulación del libro, fomentar la lectura y la escritura entre los agentes del ecosistema del libro y la lectura, a través del otorgamiento de estímulos económicos concursables en el marco de los montos establecidos en el Decreto de Urgencia 003-2019, Decreto de Urgencia Extraordinario que establece incentivos para el fomento de la lectura y el libro.
11.2. Para lo establecido en el presente artículo se financia con cargo a los recursos establecidos en el artículo 28 de la Ley 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro. En concordancia con lo establecido en el artículo 2 y en el numeral 8.1 del artículo del Decreto de Urgencia 003-2019, Decreto de Urgencia Extraordinario que establece incentivos para el fomento de la lectura y el libro.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.