Ley de perfeccionamiento de la asociatividad de los productores agrarios en cooperativas agrarias

ARTÍCULO 6º.- NORMATIVA APLICABLE

Las cooperativas agrarias de usuarios y sus organizaciones se rigen por la presente ley y supletoriamente por lo establecido en la Ley General de Cooperativas (LGC) y por la Ley 29683, ley del acto cooperativo.

Todas las menciones a cooperativas agrarias de usuarios son igualmente aplicables a las organizaciones cooperativas referidas en la presente ley, salvo regulación expresa.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.