Ley de perfeccionamiento de la asociatividad de los productores agrarios en cooperativas agrarias
ARTÍCULO 45º.- DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LAS COOPERATIVAS AGRARIAS DE USUARIOS
Las cooperativas agrarias deben distinguir los actos cooperativos de los no cooperativos, pues dependiendo de ello se aplica el tratamiento tributario respectivo, además de permitir el control y fiscalización por parte de la SUNAT y demás autoridades competentes, las cooperativas utilizan, de corresponder, en sus relaciones internas con sus socios, el Documento Acto Cooperativo (DAC) y/o el Documento de Entrega Cooperativo (DEC), en formato físico.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.