Ley de perfeccionamiento de la asociatividad de los productores agrarios en cooperativas agrarias
ARTÍCULO 32º.- OPERACIONES AFECTAS AL IGV
Las operaciones realizadas por las cooperativas agrarias que no califiquen como actos cooperativos, y que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del IGV, están afectas a dicho impuesto, salvo que por disposición legal exista algún beneficio tributario que resulte aplicable.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.