Ley de perfeccionamiento de la asociatividad de los productores agrarios en cooperativas agrarias

ARTÍCULO 16º.- INTEGRACIÓN COOPERATIVA

Las cooperativas agrarias pueden:

i) Constituir centrales cooperativas de segundo grado, para lo cual se requiere un mínimo de dos cooperativas.

ii) Constituir centrales cooperativas de grado superior, para lo cual se requiere un mínimo de dos centrales de segundo grado.

iii) Constituir federaciones nacionales por línea de cultivo, ganadera o forestal, para lo cual se requiere un mínimo del quince por ciento de cooperativas de la misma línea.

Para efectos de cumplir con el porcentaje establecido, basta la constancia que emita el MIDAGRI en función al registro al que se refiere el artículo 26 de la presente ley.

iv) Constituir una federación nacional de cooperativas agrarias, para lo cual se requiere un mínimo de tres federaciones nacionales de línea de cultivo, ganadera o forestal.

Las federaciones nacionales por línea de cultivo, ganadera o forestal realizan las actividades señaladas en la LGC y adicionalmente las siguientes actividades al servicio de las cooperativas agrarias:

a) Efectuar acciones de supervisión y control por acuerdo de sus socios.

b) Estructurar e implementar acciones de capacitación asociativa, empresarial y técnica en colaboración con los comités de educación de sus organizaciones socias.

c) Impulsar y promover la investigación, desarrollo e innovación tecnológica para la mejora de la competitividad, la generación de valor agregado de la producción y otros instrumentos que fortalezcan la cadena productiva y de valor de sus afiliadas.

d) Otras que establezcan sus estatutos.

Sin perjuicio de lo señalado, las organizaciones cooperativas agrarias pueden constituir sociedades, asociaciones, celebrar contratos de consorcio, asociación en participación, colaboración empresarial y en general realizar cualquier acto o contrato permitido por la legislación nacional.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.