Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público
ARTÍCULO 17º.-
Las entidades públicas planificarán sus necesidades de personal en función del servicio y sus posibilidades presupuestales.
Anualmente, cada entidad podrá realizar hasta dos concursos para ascenso, siempre que existan las respectivas plazas vacantes.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.