Ley que establece medidas para dinamizar la economía en el año 2015
ARTÍCULO 2º.- REGÍMENES LABORALES DEL SECTOR PÚBLICO
Los aguinaldos o gratificaciones a que se refiere el numeral 2 de la quinta disposición transitoria de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, así como aquellos aplicables a los servidores civiles bajo el alcance de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, no se encuentran sujetos a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna; excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador.
De conformidad con el Artículo 10 del Decreto Supremo N° 344-2015-EF, publicado el 09 de diciembre de 2015, se dispone que las aportaciones, contribuciones y descuentos que se aplican al Aguinaldo por Navidad, se sujetan a lo dispuesto en el presente artículo.
Concordancias
DSN° 182-2015-EF, art. 10 (De las Aportaciones, Contribuciones y Descuentos) DSN° 183-2016-EF, art. 10 (De las Aportaciones, Contribuciones y Descuentos) DSN° 320-2016-EF, art. 10 (De las Aportaciones, Contribuciones y Descuentos) DSN° 204-2017-EF, art. 10 (De las Aportaciones, Contribuciones y Descuentos)
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.