Decreto legislativo que establece el fraccionamiento especial de deudas tributarias y otros ingresos administrados por la Sunat
ARTÍCULO 4º.- DEUDA NO COMPRENDIDA
El FRAES no comprende las siguientes deudas:
a. Deuda incluida en alguno de los procedimientos concursales al amparo de la Ley Nº 27809, Ley General de Sistema Concursal, y normas modificatorias o procedimientos similares establecidos en normas especiales.
b. Deuda por pagos a cuenta del impuesto a la renta del ejercicio gravable 2016.
c. Deudas por aportes a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y al Seguro Social de Salud (ESSALUD).
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.