Aprueban normas para facilitar la realización de la Declaración y el Pago a Cuenta del Impuesto a la Renta de Primera Categoría

ARTÍCULO 7º.- USO OPCIONAL DE SUNAT VIRTUAL

El uso de SUNAT Virtual para la declaración y la realización del pago del Impuesto a la Renta de primera categoría no obligan al sujeto generador de rentas de primera categoría a utilizarlo en otras oportunidades.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.