Aprueban normas para facilitar la realización de la Declaración y el Pago a Cuenta del Impuesto a la Renta de Primera Categoría

ARTÍCULO 5º.- DEL FORMULARIO VIRTUAL N.º 1683– IMPUESTO A LA RENTA DE PRIMERA CATEGORÍA

De no mediar ninguna de las causales de rechazo señaladas en el artículo 4º, SUNAT Operaciones en Línea generará el Formulario Virtual N.º 1683–Impuesto a la Renta de primera categoría, el mismo que contendrá el detalle de lo declarado y del pago a cuenta realizado, así como el respectivo número de orden.

El citado formulario podrá ser impreso y, de solicitarlo el sujeto generador de renta de primera categoría, enviado al correo electrónico que éste señale.

El sujeto generador de rentas de primera categoría entregará al arrendatario o subarrendatario, según corresponda, una impresión del Formulario Virtual N.º 1683–Impuesto a la Renta de primera categoría.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.