Ley de exclusión o reducción de pena, denuncias y recompensas en los casos de delito e infracción tributaria
ARTÍCULO 17º.-
Mediante Resolución de Superintendencia, se establecerá el procedimiento para admitir, evaluar, rechazar la denuncia, así como regular la colaboración del denunciante en la investigación.
Concordancias
R.N° 075-2003-SUNAT
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.