Ley de exclusión o reducción de pena, denuncias y recompensas en los casos de delito e infracción tributaria

ARTÍCULO 17º.-

Mediante Resolución de Superintendencia, se establecerá el procedimiento para admitir, evaluar, rechazar la denuncia, así como regular la colaboración del denunciante en la investigación.

Concordancias

R.N° 075-2003-SUNAT

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.