Regulan la presentación a través de SUNAT Virtual de la solicitud de devolución de los saldos a favor del Impuesto a la Renta por rentas de capital y/o rentas del trabajo

Primera.- VIGENCIA

La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.