Regulan la presentación a través de SUNAT Virtual de la solicitud de devolución de los saldos a favor del Impuesto a la Renta por rentas de capital y/o rentas del trabajo
ARTÍCULO 3º.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR POR RENTAS DE CAPITAL Y/O RENTAS DEL TRABAJO
3.1 El declarante que opte por solicitar a través de SUNAT Virtual la devolución de los saldos a favor por las rentas señaladas en el artículo anterior debe utilizar el formulario virtual N.º 1649 - “Solicitud de devolución” por cada uno de dichos saldos.
Para tal efecto, la información que hubiera correspondido consignar en el escrito fundamentado a que se refiere el artículo 31 del Reglamento de Notas de Crédito Negociables, aprobado por el Decreto Supremo N.º 126-94-EF y normas modificatorias, debe ser incorporada en el formulario virtual N.º 1649 - “Solicitud de devolución”.
3.2 La presentación de la solicitud de devolución de los saldos a favor por las rentas señaladas en el artículo anterior mediante el formulario N.º 4949 “Solicitud de devolución” se realiza en las unidades de recepción de la SUNAT adjuntando el escrito fundamentado.
Artículo modificado por el Numeral 1 de la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria de la Resolución de Superintendencia N.º 121-2018-SUNAT (05.05.18).
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.