Establecen procedimiento para la devolución definitiva del IGV e IPM a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración no comprendidos en la Resolución de Superintendencia N.º 256-2004/SUNAT
ARTÍCULO 4º.- EMISIÓN Y ENTREGA DE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES O CHEQUES NO NEGOCIABLES
La SUNAT emitirá y entregará las Notas de Crédito Negociables o Cheques No Negociables dentro de los noventa (90) días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la solicitud.
En caso que el solicitante tuviera deudas tributarias exigibles, la SUNAT retendrá la totalidad o parte de las Notas de Crédito Negociables o Cheques No Negociables a efectos de cancelar las referidas deudas.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.