Normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central al que se refiere el Decreto Legislativo N.º 940
Tercera.- Aplicación del porcentaje de 9% en la venta de recursos hidrobiológicos sujeta al Sistema
El primer “Listado de proveedores sujetos al SPOT con el porcentaje de 9%” al que se refiere la nota (1) del Anexo 2, será publicado por la SUNAT a través de SUNAT Virtual, cuya dirección es http://www.sunat. gob.pe, hasta el 15 de setiembre de 2004 y se mantendrá vigente hasta el último día calendario del mes siguiente al de su publicación.
Concordancias
R.S. 000175-2025/SUNAT (30-05-2025), concordado con el inciso c) del artículo 3 del TUO del Decreto Legislativo N° 940, aprobado por el Decreto Supremo N° 155-2004-EF.
Informes SUNAT
Informe N.º 003-2008-SUNAT/2B0000
La bonificación adicional al precio de venta inicialmente pactado, que se encuentra obligado a pagar el comprador al proveedor de chatarra, cuando éste sobrepasa ciertos topes de venta predeterminados, forma parte del importe de la operación, y por ende, se encuentra sujeto a la aplicación del SPOT.
Informe N.° 076-2019-SUNAT/7T0000
En el supuesto que se haya efectuado la primera venta de arroz pilado gravada con el IVAP, por la cual se depositó el monto de la detracción; y que dicho bien sea devuelto para el reproceso correspondiente pues no reunía el estándar de calidad exigido, el retiro del mencionado bien fuera de las instalaciones del molino para su traslado al domicilio del adquirente no estará sujeto al SPOT.
Informe N.° 108-2018-SUNAT/7T0000
En el supuesto que, en la constancia del depósito de la detracción de un servicio sujeto al SPOT, señalado en el Anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT, se haya incurrido en error en el número de RUC del usuario del servicio, consignándose el número de un tercero ajeno a la operación, no podrá considerarse que tal constancia acredite por sí misma que se ha realizado el depósito de la detracción de esta operación, siendo necesario que la Administración Tributaria corrobore tal situación con otros medios probatorios o que el depositante solicite y obtenga la corrección de dicho dato.
Informe N.° 019-2017-SUNAT/5D0000
El servicio de preparación de barras de construcción, según los planos de la obra, que implica que el fierro haya sido cortado, doblado, cuente con el estribo y/o espiral requerido, listo para ser instalado, no se encuentra sujeto al SPOT.
Informe N.° 029-2016-SUNAT/5D0000
Los servicios de mantenimiento, pintado, reparación y acondicionamiento de edificios para oficinas públicas, penitenciarias y otros análogos se encuentran sujetos al SPOT como contratos de construcción, siéndoles de aplicación el porcentaje de detracción del 4%.
Informe N.° 001-2015-SUNAT/5D0000
Los servicios de transporte y reparto de bienes que prestan las empresas de transporte a las empresas distribuidoras que las contratan, se encuentran sujetos al SPOT aplicable al transporte de bienes realizado por vía terrestre, aun cuando las unidades de transporte entreguen los bienes a varios clientes de las empresas distribuidoras y que el importe del servicio se acuerde por cada día de reparto.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.