Normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central al que se refiere el Decreto Legislativo N.º 940
Primera.- Cuentas abiertas en el Banco de la Nación en aplicación del Decreto Legislativo N.º 917
Tratándose de contribuyentes que tengan abiertas en el Banco de la Nación dos (2) o más cuentas en aplicación del Decreto Legislativo N.º 917 y norma modificatoria, la SUNAT enviará una comunicación a dicha entidad bancaria a fin que proceda a transferir los saldos de las cuentas a sólo una de ellas y cerrar las restantes.
La cuenta de cada contribuyente que resulte del procedimiento señalado en el párrafo anterior, seguirá siendo utilizada para efecto del Sistema.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.