Establecen la forma y condiciones para que el sujeto fiscalizado realice la presentación de la declaración a la que se refiere el artículo 62-C del Código Tributario

ARTÍCULO 4º.- SUJETO OBLIGADO A PRESENTAR LA DECLARACIÓN

Se encuentra obligado a presentar la declaración el sujeto fiscalizado notificado con el informe. La declaración forma parte del expediente de fiscalización y debe ser remitida, junto con este, al Comité Revisor.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.