Dictan las normas necesarias para la implementación, organización y funcionamiento del comité revisor a que se refiere el artículo 62-c del código tributario
ARTÍCULO 10º.- SEDE
El Comité Revisor tiene su sede en el departamento, provincia y ciudad de Lima.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.