Texto Único Ordenado del Código Tributario

ARTÍCULO 24º.- EFECTOS DE LA REPRESENTACIÓN

Los representados están sujetos al cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas de la actuación de sus representantes.

Concordancias

Decreto Supremo Nº 133-2013-EF (22.06.13)-TUO del Código Tributario: Artículos 1º, 9º y 23º

Informes SUNAT

Informe N.° 059-2016-SUNAT/7T0000

De la norma invocada se colige que el mandato con representación otorgado al agente de aduana mantiene su vigencia hasta que culmine el trámite de despacho aduanero, lo que en el caso específico de la exportación definitiva se produce con la regularización de la declaración de exportación.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.