Decreto Supremo que aprueba la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
ARTÍCULO 8º.- DOCUMENTOS OBJETO DE NOTIFICACIÓN OBLIGATORIA A TRAVÉS DEL SISTEMA DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DEL MTPE
Son objeto de notificación electrónica obligatoria a través del Sistema de Notificación Electrónica del MTPE:
8.1 Todo documento emitido en el marco de las funciones y competencias del MTPE, que corresponda ser informado al usuario, tales como dictámenes económicos, decretos, conciliaciones, cédulas de cobranza coactiva, entre otros, necesarios para el trámite del procedimiento y/o actuación.
8.2 Los documentos como resoluciones y actuaciones administrativas emitidas por el MTPE, como primera y segunda instancia, en los procedimientos administrativos.
8.3 Los documentos referidos a actuaciones sobre servicios prestados en exclusividad por el MTPE.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.