Decreto Supremo que aprueba Normas Reglamentarias para el Funcionamiento de las Agencias Privadas de Empleo
ARTÍCULO 2º.-
El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.