Decreto Supremo que aprueba Normas Reglamentarias para el Funcionamiento de las Agencias Privadas de Empleo
ARTÍCULO 9º.- REGISTRO NACIONAL DE AGENCIAS PRIVADAS DE EMPLEO
Para realizar actividades de colocación laboral, tanto en el territorio nacional como para el extranjero, es obligatorio inscribirse en el Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo - RENAPE. Esta obligación alcanza a las personas jurídicas que teniendo un objeto social distinto desean complementarlo con tal actividad.
El RENAPE se constituye a efectos de viabilizar la fiscalización de las actividades de las Agencias Privadas de Empleo, con la finalidad de constatar que no se cometan actos de discriminación y que se proporcione a los buscadores de empleo la información necesaria, suficiente y oportuna para evitar que se cometan abusos o se vulneren sus derechos fundamentales.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.