Informe N.° 154-2019-SUNAT/7T0000 Medios de Pago, Depósito en efectivo realizado por sujetos no domiciliados
La respuesta de SUNAT
El pago del precio mediante depósito de dinero en efectivo en la cuenta bancaria que el vendedor mantiene en una empresa del Sistema Financiero, que realiza una persona no domiciliada por la adquisición de acciones emitidas por una persona jurídica constituida en el Perú, se considera como Medio de Pago para efecto tributario.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se plantea el supuesto de una persona no domiciliada que adquiere acciones emitidas por una persona jurídica constituida en el Perú, realizando el pago del precio mediante depósito de dinero en efectivo en la cuenta bancaria que el vendedor mantiene en una empresa del sistema financiero local, siendo que al respecto se consulta si ello constituye medio de pago para efecto tributario.
Base legal del informe 2 normas
- Texto Único Ordenado de la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, Ley N° 28194 aprobado por Decreto Supremo N.º 150-2007-EF, publicado el 23.9.2007 y normas modificatorias (en adelante, Ley).
- Reglamento de la Ley N.° 28194, aproba do por el Decreto Supremo N.° 047 - 2004-EF, publicado el 8.4.2004 y normas modificatorias (en adelante, Reglamento).
Fuente: SUNAT.
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