Informe N.° 127-2019-SUNAT/7T0000 Operaciones de comercio exterior – Importación
La respuesta de SUNAT
1. En el supuesto de una compraventa internacional de mercancías destinadas al régimen aduanero de importación para el consumo en la que resulte obligatoria la utilización de medios de pago, se cumplirá con dicha obligación si para efectuar el pago al proveedor no domiciliado en el país se utiliza una transferencia de fondos a través de empresas bancarias o financieras no domiciliadas.
2. Tratándose de operaciones de compraventa internacional de mercancías destinadas al régimen aduanero de importación para el consumo, en las que resulte obligatoria la utilización de medios de pago, podrá emplearse los medios de pago señalados en el artículo 5° de la Ley N.° 28194, siempre que estos se canalicen a través de empresas del Sistema Financiero o de empresas bancarias o financieras no domiciliadas.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
En relación con la obligación de utilizar medios de pago en operaciones de comercio exterior, prevista en el artículo 3° -A de la Ley N.° 28194, Ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía, se formula las siguientes consultas:
1. ¿El importador de un bien para el consumo cumple con la obligación de utilizar medios de pago, cuando realiza el pago a un proveed or no domiciliado en el país mediante transferencia de fondos desde una cue nta bancaria abierta en una entidad financiera del exterior a la cuenta ban caria del proveedor no domiciliado abierta en una entidad financiera también del exterior?
2. ¿El importador de un bien para el consumo cumple con la obligación de utilizar medios de pago, cuando utiliza cualquiera de los me dios de pago señalados en el artículo 5° de la Ley N.° 28194 y dichos medios de pago se han efectuado mediante entidades financieras no domiciliadas?
Base legal del informe 2 normas
- Texto Único Ordenado de la Ley N.° 28194, Ley par a la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, apr obado por Decreto Supremo N.° 150-2007-EF, publicado el 23.9.2007 y n ormas modificatorias (en adelante, la Ley).
- Reglamento de la Ley N.° 28194, aprobado por Decr eto Supremo N.° 047- 2004-EF, publicado el 8.4.2004 y normas modificator ias (en adelante, el Reglamento).
Fuente: SUNAT.