Saltar al contenido
UIT 2026S/ 5,500IGV + IPM18%TIM0.90% mensualRMVS/ 1,230Dólar SunatS/ 3.46701/11Tasa BCRP4.25%sin cambioInflación4.55%anual sep
SUNAT · Informe

Informe N.° 68-2024-SUNAT/7T0000 Acogimiento a los beneficios tributarios previstos en la Ley n.° 31110

Beneficios tributarios Emitido: 9 de septiembre de 2024 Publicado por SUNAT: 7 de octubre de 2024

La respuesta de SUNAT

i) Se encuentran acogidos a los beneficios tributarios establecidos en la Ley n.° 31110, siempre que utilicen principalmente productos agropecuarios, fuera de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, en tanto no desarrollen actividades agroindustriales relacionadas con trigo, tabaco, semillas oleaginosas, aceites y cerveza, las empresas que:

1. Únicamente realicen el servicio de selección, empaque y tratamiento en frío de productos frescos por encargo de terceros exportadores para su posterior exportación.

2. Siembren, cultiven, cosechen y exporten con un sistema de empaque propio, y brinden además servicios de selección, empaque y tratamiento en frío de productos frescos a terceros para su posterior exportación, siendo irrelevante el porcentaje de ingresos netos que obtenga por las actividades agroindustriales, habida cuenta que estas se encuentran comprendidas en la citada ley.

3. Acopien productos frescos (entendiendo como acopiadores, a los comerciantes locales que compran productos directamente a los agricultores para luego venderlos en los mercados mayoristas de las ciudades) y que con un sistema de packing propio haga directamente la selección, empaque y tratamiento en frío de productos frescos para su posterior exportación, siempre que sus ingresos netos anuales por las actividades de acopio y otras que realice no superen el límite del veinte por ciento (20%) previsto en el numeral 3.1 del artículo 3 del Reglamento de la referida Ley.

ii) No se encuentran acogidas a los beneficios tributarios establecidos en la Ley n.° 31110, las empresas que solo acopian productos frescos (entendiendo como acopiadores, a los comerciantes locales que compran productos directamente a los agricultores para luego venderlos en los mercados mayoristas de las ciudades) y luego contratan a un tercero para que les preste servicios de selección, empaque y tratamiento en frío de productos frescos para su posterior exportación.

iii) Los ingresos que percibe una empresa acogida a los beneficios tributarios previstos en la Ley n.° 31110 por concepto de venta de activos fijos (terrenos, maquinaria y equipos) o por destaque de personal están sujetos al límite del veinte por ciento (20%) señalado en el Reglamento de dicha ley, toda vez que dichas actividades no están comprendida en los alcances de la citada ley.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Se formulan las siguientes consultas vinculadas al acogimiento a los beneficios tributarios establecidos en la Ley n.° 31110 – Ley del Régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial:

1. Una empresa que únicamente realiza el servicio de selección, empaque y tratamiento en frío de productos frescos por encargo de terceros exportadores para su posterior exportación, ¿se encuentra acogida a los referidos beneficios?

2. Una empresa que siembra, cultiva, cosecha y exporta con un sistema de empaque propio, brinda además servicios de selección, empaque y tratamiento en frío de productos frescos a terceros para su posterior exportación, cuya retribución representa el 40% de sus ingresos, ¿se encuentra acogida a los referidos beneficios?

3. Una empresa que solo acopia productos frescos y hace directamente con su sistema de packing propio la selección, empaque y tratamiento en frío de productos frescos para su posterior exportación, ¿se encuentra acogida a los referidos beneficios?

4. Una empresa que solo acopia productos frescos y luego contrata a un tercero para que le preste servicios de selección, empaque y tratamiento en frío de productos frescos para su posterior exportación, ¿se encuentra acogida a los referidos beneficios?

5. Si una empresa acogida a los beneficios tributar ios previstos en la Ley n.° 31110 vende activos fijos (terrenos, maquinaria y equipos) a otra empresa también acogida a tales beneficios , ¿los ingresos que obtiene por dicho concepto están sujetos al límite del veinte por ciento (20%) señalado en la norma? INFORME N.º 000068-2024-SUNAT/7T0000 ASUNTO : Consulta institucional sobre el sentido y alcance de las normas tributarias LUGAR : Lima, 09 de septiembre de 2024 Vº Bº 7T2000 REG. 1082 ERNESTO JAVIER LOAYZA CAMACHO GERENTE 09/09/2024 15:10:26 Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. La representación imprimible ha sido generada atendiendo lo dispuesto en la Directiva N° 002-2021-PCM/SGTD. La verificación puede ser efectuada a partir del 09/09/2024. Base Legal: Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Supremo N° 029-2021-PCM y la Directiva N° 002- 2021-PCM/SGTD. URL: https://www.sunat.gob.pe/cl-ti-itinteroperabilidad/valida/verificacion CVD: 0116 4393 4240 8615 Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml . Firmado digitalmente por: GUILLERMO CESAR SOLANO MENDOZA INTENDENTE NACIONAL INTENDENCIA NACIONAL JURÍDICO TRIBUTARIA Fecha y hora: 09/09/2024 16:15 2/7 6. Si una empresa acogida a los beneficios tributarios previstos en la Ley n.° 31110 destaca personal a otra empresa también acogida a tales beneficios, ¿los ingresos que obti ene por dicho concepto están sujetos al límite del veinte por ciento (20%) señalado en la norma?

Base legal del informe 3 normas

Fuente: SUNAT.

Informes relacionados

Beneficios tributariosInforme N.° 23-2026-SUNAT/7T000008/04/2026 Depreciación de activos I+D+i – Ley N.° 30309 y Decreto Legislativo N.° 299 Teniendo en consideración el criterio contenido en la primera conclusión del Informe N.° 000062-2025-SUNAT/7T0000, respecto de la depreciación de un activo fijo adquirido vía arrendamiento financiero…
Beneficios tributariosInforme N.° 3-2026-SUNAT/7T000015/01/2026 ZOFRATACNA – Ley N.° 27688 y Decreto Legislativo N.° 1269 La exclusión contenida en la Tercera Disposición Complementaria y Final del Decreto Legislativo N.° 1269, no impide a las Micro y Pequeñas Empresas gozar de los beneficios tributarios reconocidos en …
Beneficios tributariosInforme N.° 106-2025-SUNAT/7T000002/10/2025 Ley N.° 31110 – Beneficios tributarios Las actividades de clasificación, refrigeración, envasado y almacenamiento de la fruta en cámaras de conservación para la estabilización y posterior comercialización en mercados del exterior (exporta…
Beneficios tributariosInforme N.° 54-2025-SUNAT/7T000021/05/2025 Rendimientos de aportes voluntarios sin fines previsionales La inafectación del Impuesto a la Renta prevista en la Décimo Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 32123 comprende a los dividendos, intereses, comisiones y cualquier otro rendimient…
Beneficios tributariosInforme N.° 22-2024-SUNAT/7T000015/03/2024 Ley de la Amazonía – Beneficios tributarios 1. Al momento en que se produce el acogimiento a los beneficios tributarios otorgados por la Ley de la Amazonía, con la presentación del formulario Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual dentro del plaz…

Ver todos los informes sobre Beneficios tributarios