Informe N.° 22-2024-SUNAT/7T0000 Ley de la Amazonía – Beneficios tributarios
La respuesta de SUNAT
1. Al momento en que se produce el acogimiento a los beneficios tributarios otorgados por la Ley de la Amazonía, con la presentación del formulario Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual dentro del plazo previsto para el efecto, se debe cumplir con los requisitos establecidos por el artículo 2° del Reglamento de la Ley de la Amazonía.
2. El incumplimiento de los referidos requisitos acarrea la pérdida de los beneficios tributarios otorgados por dicha ley por el resto del ejercicio gravable, operando a partir del mes siguiente de ocurrida la causal, no habiéndose previsto la posibilidad de que se restituya tales beneficios en el citado ejercicio en caso de que, antes de su conclusión, se subsane el incumplimiento en que se hubiere incurrido.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se formula las siguientes consultas sobre la aplicación de los beneficios tributarios establecidos por la Ley N.° 27037, Ley de Promoción e Inversión en la Amazonía:
1. ¿Cuál es el momento desde el que deben tenerse debidamente cumplidos los requisitos establecidos por el artículo 2° del Reglamento de las Disposiciones Tributarias de la Ley N.° 27037 para acceder a los beneficios tributarios dispuestos por dicha ley?
2. ¿Existe la posibilidad de que se restituya el beneficio de la Amazonía al usuario que ha subsanado el incumplimiento de los requisitos antes de la conclusión del ejercicio gravable en curso?
Artículos que interpreta
Base legal del informe 3 normas
- Ley N.° 27037, Ley de Promoción e Inversión en la Amazonía, publicada el 30.12.1998 y normas modificatorias (en adelante, Ley de la Amazonía).
- Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley N.° 27037, aprobado por el Decreto Supremo n.º 103-99-EF, publicado el 26.6.1999 y normas modificatorias (en adelante, Reglamento de la Ley de la Amazonía).
- Resolución de Superintendencia N.° 335-2017/SUNAT, que crea el servicio Mis Declaraciones y pagos y aprueba nuevos formularios virtuales, publicada el 27.12.2017 y normas modificatorias.
Fuente: SUNAT.