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SUNAT · Informe

Informe N.° 44-2013-SUNAT/4B0000 Acogimiento y pérdida de beneficios

Beneficios tributarios Emitido: 13 de marzo de 2013

La respuesta de SUNAT

1. Los ingresos obtenidos por concepto de inversiones en Fondos Mutuos de Inversión en Valores, deben formar parte del cálculo para determinar la actividad principal a la cual se dedica una persona jurídica acogida a la Ley de la Amazonía, ubicada en el departamento de Loreto, aun cuando tenga tal inversión en un ejercicio o en varios.

2. Si los ingresos antes referidos son superiores al 30% de los ingresos netos totales del ejercicio y ello conlleva a que los ingresos anuales generados por la persona jurídica por la realización de su actividad principal sean inferiores en más del 10% al 80% de sus ingresos netos totales del ejercicio; perderá el beneficio de la tasa reducida del Impuesto a la Renta del ejercicio, no pudiendo además acogerse a la Ley de la Amazonía para el siguiente ejercicio.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Se formula las siguientes consultas:

1. ¿Los ingresos obtenidos por concepto de inversi ones en Fondos Mutuos de Inversión en Valores, deben formar parte del cálcul o para determinar la actividad principal a la cual se dedica una persona jurídica acogida a la Ley de la Amazonía, ubicada en el departamento de Loreto, aun cuando la inversión sea solo en un ejercicio o en varios?

2. ¿En caso que los ingresos antes referidos sean superiores al porcentaje del 30% de los ingresos netos totales en un ejercicio, ello determinaría que la persona jurídica acogida a la Ley de la Amazonía, u bicada en el departamento de Loreto, pierda el beneficio de la tasa reducida del Impuesto a la Renta por dicho ejercicio y el siguiente?

Base legal del informe 3 normas

Fuente: SUNAT.

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