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SUNAT · Informe

Informe N.° 11-2014-SUNAT/4B0000 Obligados a efectuar la retenció n, declaración y pago en el caso de las pensiones t ransitorias y preliminares derivadas del Seguro Previsional

Aportes a EsSalud y ONP Emitido: 16 de enero de 2014

La respuesta de SUNAT

Tratándose del pago de las pensiones transitorias y preliminares derivadas del Seguro Previsional, son las empresas de seguros las obligadas a efectuar la retención, declaración y pago del aporte al ESSALUD de cargo de los pensionistas, sin que pueda variar ello la existencia de un acuerdo privado entre dichas empresas y una AFP para que sea esta última la que entregue el monto de tales pensiones a los pensionistas.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

En relación con el pago de pensiones transitorias y preliminares derivadas del Seguro Previsional y, a propósito de la entrada en vigencia de la Ley N.° 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones, se consulta si con el nuevo modelo de seguro, es posible que una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) mantenga un acuerdo privado con una empresa de seguros para que sea la primera quien pague (entregue) las pensiones y, por tanto, sea quien realice el llenado y envío del PDT correspondiente al aporte a l ESSALUD de cargo de los pensionistas, no obstante que los recursos provendr ían de la empresa de seguros.

Base legal del informe 4 normas
  • Ley N.° 26790, Ley de Modernización de la Segurid ad Social en Salud, publicada el 17.5.1997, y normas modificatorias.
  • Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privad o de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N .° 054-97-EF, publicado el 14.5.1997 y normas modificatorias, ent re ellas, la Ley N.° 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones, pu blicada el 19.7.2012 (en adelante, TUO de la Ley del Sistema Privado de AFP).
  • Título VII del Compendio de Normas de Superintend encia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pens iones, referido a Prestaciones, aprobado por la Resolución N.° 232-98 -EF/SAFP, publicada el 19.6.1998, y normas modificatorias (en adelante, Tí tulo VII del Compendio de normas reglamentarias del Sistema Privado de AFP).
  • Resolución de Superintendencia N.° 080-99/SUNAT, que aprueba normas referidas a declaraciones y pago correspondientes a tributos vinculados a trabajadores y/o pensionistas, publicada el 15.7.19 99, y normas modificatorias.

Fuente: SUNAT.

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