Informe N.° 8-2022-SUNAT/7T0000 Base imponible mínima mensual
La respuesta de SUNAT
Tratándose de trabajadores del sector agrario que tienen la condición de afiliados regulares al ESSALUD, que son contratados por períodos inferiores a un mes calendario, correspondiéndoles por los días efectivamente laborados una remuneración menor a la Remuneración Mínima Vital, la base imponible mínima mensual que se debe considerar para calcular el aporte a ESSALUD por tales trabajadores será igual a la Remuneración Mínima Vital.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se consulta cuál es la base imponible mínima mensual que se debe considerar para calcular el aporte a l Seguro Social de Salud ( ESSALUD) de los trabajadores del sector agrario en actividad, a que se refiere el inciso a) del artículo 9 de la Ley N.° 31110, Ley del Régimen Laboral Agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, en los casos en que se contrate al trabajador agrario por períodos inferiores a un mes calendario, correspondiéndole por los días efectivamente laborados una remuneración menor a la Remuneración Mínima Vital (RMV) mensual.
Artículos que interpreta
Base legal del informe 3 normas
- Ley N.° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, publicada el 17.5.1997 y normas modificatorias.
- Reglamento de la Ley N.° 26790, aprobado por el Decreto Supremo N.° 009-97- SA, publicado el 9.9.1997 y normas modificatorias.
- Ley N.° 31110, Ley del Régimen Laboral Agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, publicada el 31.12.2020.
Fuente: SUNAT.