Fijan el valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP) y aprueban el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el año 2026

Vigésimo Novena.-

En caso una solicitud de medida cautelar fuese denegada (inadmisible, improcedente, rechazada o infun-dada), a solicitud de parte, se devolverá el monto del 50% del arancel judicial, siempre y cuando el solicitante no interponga recurso de apelación; deduciéndose previamente los gastos y comisiones que hubiera efectuado el Banco de la Nación.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.