Fijan el valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP) y aprueban el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el año 2026
Trigésima Novena.-
La Admi-nistración de Justicia es gratuita para las personas de escasos recursos económicos, y para todos los casos expresamente pre-vistos por ley, ello de conformidad con el artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Así, de acuerdo a los incisos “f” “g” y “h” del citado artículo, se encuentran exonerados del pago de tasas judiciales, el Ministerio Público en el ejercicio de sus funciones, las diversas entidades que con-forman los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, los órganos constitucionalmente autónomos, las instituciones públicas des-centralizadas y los Gobiernos Regionales y Locales, así como los que gocen de inafectación por mandato expreso de la ley.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.