Fijan el valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP) y aprueban el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el año 2026

Cuarta.-

Cuando el Órgano Jurisdiccional ordene la devolución del monto contenido en el Comprobante de Pago del Arancel Judicial presentado en un expediente, ésta deberá estar sus-tentada, asumiendo la responsabilidad que pueda derivarse de la devolución indebida con las deducciones de gastos que se generen. Los usuarios que soliciten la devolución de un Aran-cel Judicial, deberán regirse según lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000456-2020-GG-PJ que aprueba la Directiva denominada “Devolución de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación en el Poder Judicial” o la que se encuentre vigente.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.