Fijan el valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP) y aprueban el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el año 2026
Cuadragésima Cuarta.-
El libramiento del exhorto se halla su-peditado a la competencia territorial y a la jerarquía por razón del grado, según la organización judicial; debiendo tener pre-sente que un juez tiene competencia dentro de un determina-do territorio, cuando la actuación judicial sobre pasa los límites del territorio del Juez del proceso, éste encargará su cumpli-miento al que corresponda, mediante exhorto. Poder Judicial, los Jueces encomiendan a otro igual o de infe-rior jerarquía, que resida en distinto lugar, las diligencias que no puedan practicar personalmente. Las Comisiones se confieren por medio de exhorto. En ningún caso puede librarse exhorto a Juez que radica en la misma localidad. Asimismo, el Artículo 151° del Código Procesal Civil dispone que cuando una actua-ción judicial deba practicarse fuera de la competencia territorial del Juez del proceso, éste encargará su cumplimiento al que co-rresponda mediante exhorto. El exhorto contiene el escrito en que se solicita, la resolución que lo ordena, las piezas necesarias para la actuación judicial y el oficio respectivo.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.