Texto Único Ordenado de la Ley N.º 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos

ARTÍCULO 36º.-

El Estado, a través del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, brindará al Contratista en las operaciones y, en cuanto le sea posible, las medidas de seguridad necesarias.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.