Texto Único Ordenado de la Ley N.º 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos
ARTÍCULO 3º.-
El Ministerio de Energía y Minas es el encargado de elaborar, aprobar, proponer y aplicar la política del Sector, así como de dictar las demás normas pertinentes. El Ministerio de Energía y Minas y el OSINERG son los encargados de velar por el cumplimiento de la presente Ley.”
Concordancias
D.S. N° 016-2006-EM (Constituyen Comisión encargada de proponer medidas para la modernización de las Refinerías de Petróleos del Perú-PETROPERÚ S.A)
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.