Texto Único Ordenado de la Ley N.º 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos

ARTÍCULO 2º.-

El Estado promueve el desarrollo de las actividades de Hidrocarburos sobre la base de la libre competencia y el libre acceso a la actividad económica con la finalidad de lograr el bienestar de la persona humana y el desarrollo nacional.

Concordancias

D.S. N° 016-2006-EM (Constituyen Comisión encargada de proponer medidas para la modernización de las Refinerías de Petróleos del Perú-PETROPERÚ S.A)

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.