Texto Único Ordenado de la Ley N.º 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos
SUELTAS DE ÁREAARTÍCULO 25º.-
El área de Contrato se reducirá conforme las partes lo acuerden en el Contrato, hasta llegar a la superficie bajo la cual se encuentren los horizontes productores más un área circundante de seguridad técnica.
La reversión por el Contratista de parte o partes del área de Contrato, no representará costo alguno para el Estado ni para PERUPETRO S.A.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.