Texto Único Ordenado de la Ley N.º 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos
CALIFICACIÓN - REQUISITOSARTÍCULO 14º.-
Por Decreto Supremo y a propuesta del Ministerio de Energía y Minas, se aprobará el reglamento de calificación de las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que podrán suscribir Contratos de exploración y explotación o explotación de Hidrocarburos.
Este reglamento fijará los requisitos técnicos, legales, económicos y financieros, así como la experiencia, capacidad y solvencia mínima necesaria para garantizar el desarrollo sostenido de las actividades de exploración y explotación de Hidrocarburos, acorde con las características del área de Contrato, con la inversión requerida y el estricto cumplimiento de las normas de protección del medio ambiente.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.