Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial
ARTÍCULO 85º.- OBJETO
Los Gobiernos Regionales crean, en cada región, un Consejo Regional de la MYPE, con el objeto de promover el desarrollo, la formalización y la competitividad de la MYPE en su ámbito geográfico y su articulación con los planes y programas nacionales, concordante con los lineamientos señalados en el artículo 3 de la presente Ley.
Concordancias
Ley N.° 28015 (03.07.03), Artículo 9
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.