Ley de Formación y Promoción Laboral. Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo

ARTÍCULO 58º.-

Para tales efectos el FONCODES en coordinación directa con los pobladores de las zonas rurales y urbano-marginales, definirán el contenido y los alcances de los proyectos que hayan de ejecutarse de acuerdo con las necesidades y requerimientos de la población afectada, conjuntamente con un calendario de ejecución de las obras a realizarse y con la participación activa de los trabajadores comunales organizados en “núcleos ejecutores”.

El FONCODES se encargará de la supervisión de los proyectos y de la ejecución de las obras, y se encargará de proveer a los «núcleos ejecutores» del apoyo técnico y material necesario para el cumplimiento de los calendarios de ejecución acordados.

Tipos de programas temporales

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.