Aprueban Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.º 940 referente al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central
Tercera.- Aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias establecido por el Decreto Legislativo N.º 917 a la prestación de servicios
Precísase que para efecto de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N.º 27877, la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias a la prestación de servicios gravada con el IGV se entenderá referida a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria se hubiera producido a partir del 14 de julio del año 2003.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.