Síntesis de la Legislación Laboral

SÍNTESIS DE LA LEGISLACIÓN LABORAL

La Síntesis de la Legislación Laboral, aprobada en mérito a la Resolución Ministerial N.° 136-2001 -TR, publicada el 27 de julio de 2001, en adelante: LA SÍNTESIS, fue emitida considerando el entonces vigente Decreto Legislativo N.° 910 - Ley General de Inspección del Trabajo, y su correspondiente Reglamento (Decreto Supremo N.° 020-2001 -TR).

LA SINTESIS, tal como es señalado en la parte considerativa, “propende fundamentalmente la orientación y difusión de la normatividad laboral, y la prevención de los conflictos laborales...”. Buscando que las tres partes fundamentales de las relaciones laborales: trabajadores, empleadores y Estado cuenten con un instrumento informativo de las obligaciones y derechos generados en una relación individual de trabajo.

En este orden de ideas, el presente documento parte de dos premisas fácilmente constatables que ameritan la modificación de LA SINTESIS, a saber:

- Las grandes modificaciones establecidas al sistema jurídicolaboral en los últimos años. En efecto, muchas de las normas en las que se sustenta LA SÍNTESIS se encuentran derogadas o modificadas, así como también se ha producido la aprobación de nuevas normas que introducen cambios sustanciales a la normatividad laboral (planillas electrónicas, tercerización de servicios), haciendo obsoleta LA SISNTESIS. Es decir, el propósito informativo de la norma se pierde, al estar ésta desfasada aportando poco a este rol informativo.

Conviene tener en cuenta que, de conformidad con el artículo 23.5 del vigente Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, no contar con LA SÍNTESIS implica una infracción leve en materia de Relaciones Laborales, haciendo irrazonable que se deba de contar con un documento desfasado, con el consiguiente efecto pernicioso de mal informar fundamentalmente a los trabajadores.

- La estructura de LA SINTESIS, parte a su vez de la estructura contemplada en el artículo 19° del entonces vigente Decreto Legislativo N.° 910. En la actualidad, este punto se encuentra contemplado en el Título IV de la vigente Ley General de Inspección, el mismo que se concuerda con el Título III de su Reglamento.

Así pues, se contempla una estructura distinta, la cual se divide en: Infracciones en Materia de Relaciones Laborales, Infracciones de Seguridad y Salud en el Trabajo, Infracciones en materia de Empleo y Colocación, Infracciones de Empresas de Intermediación Laboral y Empresas Usuarias, Infracciones en Materia de Promoción y Formación para el Trabajo, Infracciones en Materia de Contratación de Trabajadores Extranjeros e Infracciones en Materia de Seguridad Social. Ésta es precisamente la estructura que está siendo tomada por el proyecto de Síntesis Laboral, puesto que, partiendo del propósito informativo y didáctico del mismo, la nueva estructura cumple mejor este propósito.

- Es en razón de los precitados argumentos, que corresponde la aprobación de un nuevo documento que contenga un adecuado resumen normativo de la legislación que debe ser informada a los trabajadores y empleadores, y que constituya la normativa a ser fiscalizada por la inspección del trabajo.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.